ATENCION. CORALINA DENUNCIÓ UN NUEVO CASO DE CEBADO DE TIBURONES EN SAN ANDRÉS CON UN PORCINO *San Andrés Isla, 23 de marzo de 2023.* La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina – CORALINA, en ejercicio de funciones como máxima autoridad ambiental del Departamento Archipiélago, se permite informar a la comunidad que lamentablemente continúan las malas prácticas ambientales de arrojar animales muertos al mar, cerca de áreas de bañistas, lo que ha generado múltiples reportes de avistamiento tiburones cerca de la costa en las últimas 7 semanas, lo que se pudo verificar el día de hoy con videos proporcionados por un centro de buceo y biólogos de Coralina, en los que se observa un cuerpo de un cerdo flotando en el mar mientras es mordido por dos tiburones tigre y un tiburón oceánico de puntas blancas (todas especies protegidas) en un lugar no usual para estas especies (que prefieren zonas profundas lejos de la costa) cercano a zona de bañistas y de buceo recreativo. Es de recordar que está en rigor la Resolución No. 611 de 17 de agosto de 2022 “por medio de la cual se prohíbe el cebado (alimentación) y manipulación de fauna marina, incluyendo peces, tiburones y rayas en todo el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”, y con esta se busca acabar con las malas prácticas que podría conllevar a incidentes con estas especies. Es así que nos permitimos señalar que como autoridad ambiental rechazamos el hecho de cebado con animal porcino en nuestro océano lo que atrajo los tiburones. Agradecemos a todas las personas que aporten su grano de arena para apoyar la protección de la fauna marina, que hace parte de la biodiversidad de las islas y no realizar malas prácticas ambientales como arrojar restos de alimentos al mar, ya que puede verse sometido a diferentes sanciones tales como las siguientes: 1. Multa tras infringir la ley 1801 del 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia ciudadana en el título IX Cap. Artículo 101 Numeral 9 (Policía Nacional). 2. Violación de los usos permitidos en la Zonificación del Área Marina Protegida Seaflower (hoy Distrito de Manejo Integrado del Área Marina Protegida de la Reserva de Biosfera Seaflower: Acuerdo 002 de 2019); Violación a los periodos de veda y/o afectación recursos naturales e incumplimiento de normatividad ambiental emitida por esta Corporación, como por ejemplo la prohibición de cebado de animales marinos (aplicación de la Ley 1333 de 2009 Procedimiento Sancionatorio ambiental -CORALINA). 3. Sanción por uso de artes de pesca prohibidas en el Departamento y por realización de actividades de pesca ilegal y/o violación de periodos de veda (Secretaría de Agricultura y Pesca del Departamento). 4. En caso de que se capture una persona en flagrancia, infringiendo la normatividad, se podrá decomisar no solo el material con el cual se infringe la ley, sino a su vez los vehículos, o bienes, por ejemplo: botes o similares (Guardacostas). 5. La caza y pesca ilegal se encuentra protegida en todo el territorio nacional tipificada como delito, según el Artículo 328 de la ley 1453 del 2011, por medio del cual se establece multa de hasta por 35.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y privación de la libertad de 48 a 108 meses. 6. Atentar contra los tiburones va en contra de las órdenes de los Jueces y de sus fallos de primera y segunda instancia, propiciados por el Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina por la Acción Popular para la protección de los tiburones: EXP. No.88001-23-31-000-2011-00009-00. Recuerda que los tiburones están en su hogar, y en respeto a su hábitat no sería o adecuado tener cerca a bañistas, así que no sea cómplice de las malas prácticas que puedan poner en peligro a todas las especies marinas y a las personas que gozan del agua, y mucho menos atenten contra la vida de animales inocentes en su medio natural.
Posted by The Archipielago Press on Saturday, April 22, 2023
La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina – CORALINA, en ejercicio de funciones como máxima autoridad ambiental del Departamento Archipiélago, se permite informar a la comunidad que lamentablemente continúan las malas prácticas ambientales de arrojar animales muertos al mar, cerca de áreas de bañistas, lo que ha generado múltiples reportes de avistamiento tiburones cerca de la costa en las últimas 7 semanas, lo que se pudo verificar el día de hoy con videos proporcionados por un centro de buceo y biólogos de Coralina, en los que se observa un cuerpo de un cerdo flotando en el mar mientras es mordido por dos tiburones tigre y un tiburón oceánico de puntas blancas (todas especies protegidas) en un lugar no usual para estas especies (que prefieren zonas profundas lejos de la costa) cercano a zona de bañistas y de buceo recreativo.
Es de recordar que está en rigor la Resolución No. 611 de 17 de agosto de 2022 “por medio de la cual se prohíbe el cebado (alimentación) y manipulación de fauna marina, incluyendo peces, tiburones y rayas en todo el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”, y con esta se busca acabar con las malas prácticas que podría conllevar a incidentes con estas especies.
Es así que nos permitimos señalar que como autoridad ambiental rechazamos el hecho de cebado con animal porcino en nuestro océano lo que atrajo los tiburones.
Agradecemos a todas las personas que aporten su grano de arena para apoyar la protección de la fauna marina, que hace parte de la biodiversidad de las islas y no realizar malas prácticas ambientales como arrojar restos de alimentos al mar, ya que puede verse sometido a diferentes sanciones tales como las siguientes:
1. Multa tras infringir la ley 1801 del 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia ciudadana en el título IX Cap. Artículo 101 Numeral 9 (Policía Nacional).
2. Violación de los usos permitidos en la Zonificación del Área Marina Protegida Seaflower (hoy Distrito de Manejo Integrado del Área Marina Protegida de la Reserva de Biosfera Seaflower: Acuerdo 002 de 2019); Violación a los periodos de veda y/o afectación recursos naturales e incumplimiento de normatividad ambiental emitida por esta Corporación, como por ejemplo la prohibición de cebado de animales marinos (aplicación de la Ley 1333 de 2009 Procedimiento Sancionatorio ambiental -CORALINA).
3. Sanción por uso de artes de pesca prohibidas en el Departamento y por realización de actividades de pesca ilegal y/o violación de periodos de veda (Secretaría de Agricultura y Pesca del Departamento).
4. En caso de que se capture una persona en flagrancia, infringiendo la normatividad, se podrá decomisar no solo el material con el cual se infringe la ley, sino a su vez los vehículos, o bienes, por ejemplo: botes o similares (Guardacostas).
5. La caza y pesca ilegal se encuentra protegida en todo el territorio nacional tipificada como delito, según el Artículo 328 de la ley 1453 del 2011, por medio del cual se establece multa de hasta por 35.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y privación de la libertad de 48 a 108 meses.
6. Atentar contra los tiburones va en contra de las órdenes de los Jueces y de sus fallos de primera y segunda instancia, propiciados por el Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina por la Acción Popular para la protección de los tiburones: EXP. No.88001-23-31-000-2011-00009-00.
Recuerda que los tiburones están en su hogar, y en respeto a su hábitat no sería o adecuado tener cerca a bañistas, así que no sea cómplice de las malas prácticas que puedan poner en peligro a todas las especies marinas y a las personas que gozan del agua, y mucho menos atenten contra la vida de animales inocentes en su medio natural.