Por el delito de ‘Fabricación, Tráfico y Porte de Arma de Fuego Explosivos y Municiones, fue presentado Augusto Javier Antonio Grajales identificado con cédula de ciudadanía número 18.010.825 de San Andrés Isla, en audiencia que por ‘Vencimiento de términos’ se llevó a cabo ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal con Funciones de Conocimiento.
En la audiencia llevada a cabo el día 19 de marzo de 2015, se efectuó el respectivo análisis y cotejo jurídico de las fechas de celebración de audiencias fallidas o aplazadas para el conteo legal de los 120 días que pudieran haber transcurridos para la respectiva formulación de acusación o si de su excedente en el tiempo pudiera tipificarse el correspondiente ‘Vencimiento de términos’ para que se pudiera decretar la libertad condicional del encartado Augusto Javier Antonio Grajales, situación que finalmente se dio.
Antecedentes para el ‘Vencimiento de términos’
En el transcurrir de la audiencia se dio cuenta que la Juez Segundo Penal actuó con funciones de conocimiento en el presente proceso y que a primero de marzo de 2014 siendo las dos de la tarde se presentó el respectivo ‘Escrito de Acusación’, y la Juez Segundo Penal convocó para el día 25 de marzo de 2014 para la celebración de la respectiva audiencia de acusación, en cuya fecha la Juez de la causa profirió un auto en el que se deja constancia de la inasistencia de la Fiscalía por lo que dicha audiencia se declara fallida.
En una nueva audiencia pactada para el día 15 de mayo de 2014 se produce un nuevo proveído el cual da cuenta que ésta, se declara fallida. El 28 de Mayo del mismo año se realizó la respectiva audiencia de ‘Formulación de Acusación’. Y, se pacta para el 8 de julio de 2014 la audiencia ‘Preparatoria’ previa al Juicio Oral y se declara fallida por inasistencia de la Fiscalía. El día 27 de octubre se fijó la audiencia ‘Preparatoria’ para celebrarla el día 4 de noviembre de 2014 la cual se llevó a feliz término. Igualmente se establecieron los días 2 y 3 de Diciembre para la realización de audiencia de Juicio Oral, la cual llegada la fecha fue aplazada.
Los días 2 y 3 de marzo de 2015 la audiencia de Juicio Oral fue nuevamente aplazada por la Fiscalía Seccional 50 y postergada para los días 12 y 13 de mayo del presente año 2015 a objeto de llevar a cabo la audiencia de Juicio Oral. A la luz del artículo 317 en su numeral quinto del Código Penal se logra evidenciar que en este caso se encuentran vencidos los términos de 120 para la ‘Formulación de Acusación hasta la fecha de Juzgamiento’ señaló la Juez Primero Promiscuo Municipal de esta isla, por lo tanto no hay excusa para soslayar los términos que establece la Ley.
La Juez de la causa se manifestó que ‘Vencidos los Términos’ se accedió a decretar la ‘Libertad Provisional Condicional’ de Augusto Javier Antonio Grajales identificado con cédula de ciudadanía número 18.010.825 de San Andrés Isla. Contra la presente providencia proceden los recursos de ley. En la audiencia las partes no interpusieron recurso alguno.