Señor Director cepizarro777@hotmail.com
Que ha sido de la señora Debie Nelson que, siendo funcionaria la OCCRE, en las dependencias del aeropuerto, fue arrestada secretamente y trasladada a Bogotá ilegalmente fuera de su Territorio étnico, como si fuera “ un barón de la droga o un criminal de alta peligrosidad “. Inicialmente pensamos que la señora mencionada hubiese sido raptada por policías como en aquel periodo oscuro de Colombia durante la vigencia del Estatuto de Seguridad. En aquellos días, si el afectado no contaba con la protección de Dios, jamás sus familiares lo volvían a ver vivo. Gracias al Señor, porque personas de nuestra comunidad la han visto posteriormente. Para muchos ciudadanos la policía procedió legalmente dentro de su jurisdicción. Aquí no pretendo hablar sobre si ella es culpable o no. Ojala la policía no tenga que pasar por el penoso acto de tener que presentar excusas a la señora raizal en el futuro y que el gobierno no tenga que pagar una gran suma por daños y perjuicios a la afectada. Además espero que los fiscales y los jueces que son sorteados para atender el caso de la señora, sean más respetuosos con los derechos humanos del pueblo étnicos-raizal, que los policías que la arrestaron a esta conciudadana indígena-raizal. Muchos ciudadanos piensan que por llevar una pistola y un uniforme, pueden tratar a los demás ciudadanos como si fueran “objetos “, y no personas con dignidad. Una persona tiene ciertos derechos aunque no estén escritos. Veamos ahora los derechos de una persona que pertenece a un pueblo étnico, a la luz del Derecho Público Internacional y del mismo Derecho Público Interno:
1) San Andrés, Providencia, Santa Catalina y todas las demás formaciones geológicas emergidas, forman el Territorio del pueblo indígena Raizal. Sentencia C-053 de 1999. Igualmente la Corte ya ha sentenciado que la población raizal es un pueblo étnico y merece la protección del Estado (Sentencia C-530 de 1993).
2) Los Derechos de individuo de un pueblo étnico, están amparados por lo que los abogados llaman el Pluralismo Jurídico y Normativo, es decir, la vigencia de tres órdenes normativos o sistemas de derecho vigentes que tienen como característica el ser diferentes y complementarios.
3) Arrestar a la señora y sacarla secretamente de su Territorio y de su entorno familiar, es violatorio al derecho humano de la antedicha señora y de sus hijos, si son menores. Los policías procedieron así, porque tenían cierto temor. ¿Que será, la ilegalidad de su proceder? La Biblia dice que todo aquel que le gusta la oscuridad es porque sus acciones son malas (Juan 3:19).
4) La señora en cuestión, tiene derecho a que un juez de su propia raza y tradición, le sea asignada a su caso. La señora no puede ser obligada a usar el idioma de la mayoría gobernante de nuestro territorio.
5) La señora tiene derecho a ser juzgada dentro de su propio Territorio. Los policías que la arrestaron no tuvieron en cuenta que la señora es madre de familia. Tiene hijos. ¿Permitieron que el Bienestar Familiar se apersonara de la situación de abandono forzado materno de estos hijos y más si son menores y quien se haría cargo legamente de ellos o del cuidado de estos mismos?
6) Los policías también violaron el debido proceso de la señora, es decir: “el principio de oportunidad, intercomunicación cultural y bilingüismo “.
7) A la hora de hacer su defensa la señora tiene derecho a escoger el sistema de derecho vigente que más le favorece. Sacarla de su Territorio y ponerle un fiscal y un juez extraño a su cultura, tradiciones y cosmovisión, no garantizan esto. Ella debe ser regresada a su Territorio y a su entorno familiar.
8) La conciudadana raizal no gozo del reconocimiento de igualdad de las etnias frente a la ley. En consecuencia los artículos 13,21, 20 y 28 de la Carta Magna de Colombia, fueron ignorados y Debie fue “como una chiva expiatoria “de un sistema policial totalitario. Es decir, Debie fue objeto de discriminación por parte del Estado por su condición cultural y étnica, por falta del reconocimiento a la igualdad respecto a las normas emitidas por el gobierno que cobijan otras etnias del País.
Hace unos días vimos por el Canal Fox, que en Texas, unos policías arrestaron a unos estudiantes africanos de intercambio, por estar piropeando a una mujer. Allá esto se llama acoso y es delito. Los africanos fueron llevados ante un juez, pero ni los policías ni el juez entendían a los africanos y el juez los soltó, no sin antes llamar fuertemente al atención a los policías por hacerle perder el tiempo en este caso. Es decir, por pisotear el debido proceso, o sea, principio de oportunidad, intercomunicación cultural y bilingüismo. En Colombia un húngaro fue arrestado en el Aeropuerto El Dorado por posesión de droga, no hace mucho, también fue soltado 72 horas después porque nadie lo entendía. Sin embargo aquí los miembros del grupo étnico-raizal, tanto viejos como jóvenes y adultos son arrestados y encarcelados, sin investigar si están entendiendo la jerigonza de los funcionarios. Estos pisotean la Ley que ampara la protección de los idiomas étnicos (Ley 1381 de 2010). Muchos pierden sus terrenos en juicio donde solo usan la jerigonza jurídica, sin preguntar si los raizales entienden lo que le está pasando. Como es posible que los jueces y magistrados llevan un proceso de tierras en San Andrés y Providencia, sin tener en cuenta que forman un Territorio étnico, que las tierras de estos, son imprescriptibles, inalienables e inembargables. Tampoco estos jueces y magistrados, tienen en cuenta el Convenio 169-89 OR Ley 21-91. Que desvergüenza y abominación al aplicar justicia y la ley de igualdad al pueblo raizal. La Procuraduría solo nos menciona cuando va a destituir un funcionario raizal y la Defensoría solamente nos presta asesoría legal en casos menores. De todas maneras gracias a Dios por esto. Mira la valentía de la Fiscalía de Cartagena, cuando por un acto administrativo restaura, a los isleños de Barú, su heredad que un alcalde les había quitado usando la policía como garrote. La fiscal departamental acusa al alcalde menor del caso, de prevaricato. Qué acto de valentía y respeto por la justicia. Ojala la Fiscalía de San Andrés y Providencia, tuviera esta valentía. Viva la Fiscalía de Cartagena. Pero lo más seguro, es que esto va a levantar ampollas en la casa grande de la Fiscalía en Bogotá, ya que los intereses creados son de gran peso.
Las iglesias Cristianas de esta isla para Febrero 27, a partir de las tres P.M., y arrancando del aeropuerto, el lugar donde Debie fue raptada por funcionarios oficiales, vamos a efectuar una caminata mientras oramos y entre las banderas que vamos a poner delante de Dios, está el caso de la señora en mención, los altos impuestos prediales, la corrupción, la violencia, las injusticias, intimidación, la extensión de los propósitos divinos, etc.
Tal vez un escrito similar ya fue publicado, pero la idea es que no olvidemos de la pobre señora conciudadana. Me solidarizo con Debie. Hoy es ella, mañana puede ser yo
Gracia señor director por su colaboración.
Enrique Pusey Bent, pastor y miembro de la Autoridad Provisional del Pueblo Raizal. pubent@hotmail.es